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Porqué la cancelación
Hasta que no se tienen, nadie puede imaginarse la cantidad de problemas de todo tipo (legales, laborales y sociales en general) que pueden acarrear los antecedentes penales. Problemas que se pueden agravar exponencialmente si alguien se ve incurso en algún conflicto o problema de tipo legal. En este supuesto, la existencia de antecedentes penales complican extaordinariamente la situación del implicado en dichos problemas, pudiendo ser arrestado con preferencia a otros implicados por el mero de hecho de tener antecedentes en su hoja histórico penal. No vamos a entrar aquí en lo justo o injusto de la situación, pero es un hecho que, ante la duda, los funcionarios de policía lo tienen muy claro a la hora de valorar quién o quiénes pueden resultar sospechosos ante una situación conflictiva en la que pueden verse implicadas varias personas.
Ni que decir tiene lo que que ocurre cuando se busca empleo teniendo antecedentes penales. Lo normal es que, por esta razón, nadie se arriesgue, aunque pueda resultar absolutamente injusto y carente de sentido, a contratar a alguien con antecedentes penales en su hoja histórico penal.
En cualquier caso, tener antecedentes penales es una lacra social lo miremos desde el punto de vista que queramos y, consiguientemente, quien los tenga será mal visto por la sociedad y por su entorno más cercano, con las consiguientes secuelas para el interesado y para su familia (mujer, hijos, padres, hermanos, etc.).
Porqué la contratación de los servicios de un abogado o bufete jurídico especializado
1.- Aunque pueda parecer a simple vista sencillo, conocer los entresijos de la burocracia administrativa tiene un incalculable valor a la hora de que nuestro trámite resulte eficaz. Y entendemos por eficaz todo trámite que, una vez iniciado, resulte culminado con éxito. Lo que no siempre suele ocurrir si el trámite lo iniciamos sin la asesoría y gestión directa del abogado especializado.
2.- Un trámite como el de la cancelación de los antecedentes penales realizado directamente por el particular puede llegar a tardar de 12 a 15 meses, si todo va bien. Pero pudiera ocurrir que tarde mucho más si el Juzgado o Juzgados encargados de dar trámite a la resolución de la cancelación solicitada, extrapapela o sencillamente pierde o se olvida de dar curso al referido trámite. Lo que, habida cuenta del marasmo de papeles, expedientes, procedimientos y cuestiones miles que invaden desgraciadamente hoy nuestros Juzgados, puede tranquila y sencillamente acontecer.
3.- Por ello, es más que conveniente que un abogado especializado en este tipo de trámites, se encargue personalmente de realizar esta árdua, minuciosa y desagradable tarea. Y ello con el objeto de obtener el resultado que se pretende DE MANERA EFICAZ: es decir, se trata de obtener la cancelación de los antecedentes penales que reúnan las características que marca la Ley para que puedan ser cancelados, de manera rápida y satisfactoria.
El Código Penal articula para los particulares condenados por sentencia firme que
hayan extinguido su responsabilidad penal, el derecho de obtener del Ministerio de
Justicia la cancelación de sus antecedentes penales, previo informe del Juez o Tribunal
sentenciador.
Para el reconocimiento efectivo del derecho de cancelación es necesario, además de la
extinción de la responsabilidad penal, el cumplimiento de los requisitos indispensables
que exige la ley.
Requisitos necesarios para cancelar
a) las anotaciones de antecedentes penales:
1.- Tener satisfechas las responsabilidades civiles provenientes de la sanción, excepto
en los supuestos de insolvencia declarada por el Juez o Tribunal y salvo mejora económica
del reo.
2.- El transcurso sin delinquir de nuevo de los siguientes plazos, que se contarán a
partir del día siguiente a aquel en que quedara extinguida la pena:
El cómputo de estos plazos se interrumpirá por la comisión de nuevos delitos durante
su transcurso.
Por tanto, la cancelación de la anotación penal derivada de una causa procederá cuando,
una vez extinguidas en su totalidad las responsabilidades penales y civiles impuestas en
la correspondiente sentencia, hayan transcurrido sin delinquir de nuevo los plazos que
para cada una de las penas señala la ley.
b) las anotaciones de medidas de seguridad:
Las anotaciones de las medidas de seguridad serán canceladas una vez cumplida o prescrita
la respectiva medida.
Los solicitantes que, reuniendo los requisitos que la Ley ordena, deseen instar la cancelación de sus antecedentes penales, deberán cumplimentar una solicitud en la que, necesariamente, harán constar los siguientes datos:
El modelo de solicitud puede obtenerse de la pagina web del Ministerio de Justicia, pero será suficiente para iniciar el expediente un sencillo escrito del titular que contenga todos los datos citados, así como la petición claramente manifestada.
a) Acreditación de la identidad del solicitante:
El Código Penal establece que las inscripciones de antecedentes penales en el Registro Central de Penados no serán públicas, por lo que el solicitante titular de los antecedentes cuya cancelación se pretende deberá acreditar su identidad con la correspondiente documentación en vigor, lo que podrá realizar mediante personación, por correo o a través de representante debidamente acreditado.
Dicha documentación es:
Titular español o comunitario:
Titular extranjero no comunitario:
b) Acreditación de la representación:
Si el interesado actuara a través de representante éste deberá acreditar igualmente su identidad, documentándose la representación mediante poder notarial, declaración en comparecencia personal del interesado, o cualquier medio suficiente en derecho que deje constancia fidedigna de tal representación.
La actuación por medio de representante no exime al solicitante, en ningún caso, de la necesidad de acreditar su identidad de acuerdo con el apartado a).
Resolución.
Una vez recaída la resolución del expediente iniciado a instancia de parte, si la identificación del solicitante se ha llevado a cabo convenientemente, le será notificada por correo a la dirección designada en la solicitud a tal efecto.